Juez desestima la demanda federal de la ACLU contra la ley antidisturbios de Carolina del Norte

Judge Loretta Biggs (Image from C-SPAN.org)

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  • La jueza de distrito estadounidense Loretta Biggs desestimó la demanda federal de la Unión Estadounidense de Libertades Civiles contra la ley antidisturbios de Carolina del Norte.
  • Biggs rechazó los argumentos de la ACLU de que la ley promulgada originalmente en 1969 presentaba una definición "vaga y demasiado amplia" de disturbios.
  • El juez citó fallos anteriores de tribunales estatales que demostraron que la ley no podía utilizarse para procesar a manifestantes pacíficos.

Un juez federal desestimó la demanda federal de la Unión Estadounidense de Libertades Civiles contra la ley antidisturbios de Carolina del Norte. El fiscal general del estado, Josh Stein, y tres fiscales de distrito locales objeto de la demanda habían solicitado la desestimación.

“El estatuto impugnado en esta acción, la Ley Antidisturbios, fue promulgada originalmente en 1969, en medio del Movimiento por los Derechos Civiles de la década de 1960 y las manifestaciones dirigidas por estudiantes contra la Guerra de Vietnam y, según la Demanda Enmendada, fue promulgada ‘tomar medidas enérgicas contra las protestas y manifestaciones’”, escribió la jueza de distrito estadounidense Loretta Biggs en una orden de 37 páginas presentada el miércoles. “La Ley tipifica como delito ‘participar intencionalmente en un motín’ e ‘incitar intencionalmente a otro a participar en un motín’ cuando esa incitación resulta en un motín o es directa e inminentemente probable que produzca un motín”. La mera presencia por sí sola sin un acto manifiesto no es suficiente para sostener una condena’”.

“Conforme a la ley, un ‘disturbio’ se define como un ‘disturbio público que involucra una reunión de tres o más personas que, debido a una conducta desordenada y violenta, o la amenaza inminente de una conducta desordenada y violenta, resulta en lesiones o daños a personas o propiedades. o crea un peligro claro y presente de lesiones o daños a personas o propiedades’”, agregó Biggs.

El Proyecto de Ley 40 de la Cámara de Representantes enmendó la ley en marzo de 2023. “Criminalizó aún más” la incitación a un motín, pero dejó la definición de motín sin cambios, señaló Biggs. En junio de 2023, el Proyecto de Ley del Senado 626 eliminó las disposiciones de la ley relacionadas con la incitación a disturbios.

La ACLU argumentó que la definición de “disturbios” seguía siendo “vaga y demasiado amplia”, en violación de las enmiendas Primera y Decimocuarta de la Constitución de los Estados Unidos y tres secciones de la Declaración de Derechos de la constitución estatal.

“[A] pesar de las alegaciones del demandante sobre la participación regular de sus miembros en protestas y manifestaciones, su intención de participar en actividades similares en el futuro y el arresto pasado de personas en virtud de la Ley, el demandante no alega específicamente una intención de participar en una conducta eso inevitablemente violaría la Ley Antidisturbios”, escribió Biggs. “Por lo tanto, el Tribunal concluye que el demandante no ha alegado que sus miembros tengan la intención de participar en un curso de conducta posiblemente afectado por un interés constitucional y prescrito por la ley”.

Biggs tampoco encontró ninguna “amenaza creíble de procesamiento” contra los miembros de la ACLU. “[N]o hay ninguna acusación de que algún funcionario o entidad del Estado de Carolina del Norte haya amenazado con enjuiciar a los miembros del demandante por la conducta supuestamente proscrita o se haya negado a desautorizar el enjuiciamiento contra los miembros del demandante por la conducta supuestamente proscrita”, escribió.

“El demandante no alega suficientemente que las personas que han participado en protestas no violentas en estrecha proximidad a un acto de violencia o daño a la propiedad cometido por otros hayan sido arrestadas y procesadas bajo la Ley”, agregó Biggs.

Fallos anteriores de tribunales estatales han limitado el uso de la Ley Antidisturbios a personas involucradas activamente en actividades violentas, explicó Biggs. “[E]ste Tribunal concluye que la Ley Antidisturbios no criminaliza una cantidad sustancial de actividad expresiva protegida en relación con el alcance claramente legítimo de la Ley”, escribió. “Como resultado, las preocupaciones excesivas que el demandante alega se alivian, y el Tribunal concluye que el demandante no ha alegado adecuadamente que la Ley Antidisturbios es demasiado amplia según la Constitución de los Estados Unidos”.

El juez rechazó el argumento de la ACLU de que la Ley Antidisturbios es demasiado vaga. “[L]a Corte ha concluido que una persona ‘participa intencionalmente en un motín’ cuando esa persona participa activamente en la actividad desenfrenada que tiene lugar en una reunión ‘que por una conducta desordenada y violenta, o la amenaza inminente de una conducta desordenada y violenta resulta en lesiones o daños a personas o propiedades o crea un peligro claro y presente de lesiones o daños a personas o propiedades’”, escribió Biggs. “Tal estándar aliviaría cualquier preocupación de las personas comunes y corrientes de que tratar de ejercer su derecho a protestar participando en una manifestación donde ocurre violencia o destrucción de propiedad expondría a esas personas a una posible responsabilidad penal y civil”.

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