A partir del 27 de julio, una ley de Carolina del Norte de 1973 que establecía un camino para que los delincuentes recuperarán sus derechos de voto oficialmente ya no está en vigor. Este cambio significa que alrededor de 56,000 delincuentes en el estado ahora podrán registrarse para votar y podrían ser elegibles para participar en las elecciones intermedias de noviembre de 2022.

El cambio se aplica a los delincuentes que han completado el tiempo activo en prisión pero permanecen en libertad condicional o supervisión posterior a la liberación.

Los líderes legislativos republicanos habían argumentado que la Constitución de Carolina del Norte en sí misma, y no la ley de 1973, fue en última instancia la razón por la que no hubo un retorno automático de los derechos de voto para los delincuentes liberados.

Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones del estado no estuvo de acuerdo y dictaminó el 28 de marzo que se debe otorgar a los delincuentes el derecho a votar después de que hayan completado sus sentencias de prisión activas.

La decisión se suspendió parcialmente el 26 de abril, lo que permitió a los delincuentes posteriores a la liberación votar en noviembre pero bloqueó su participación en las elecciones primarias del 17 de mayo y el 26 de julio.

Con esas elecciones ahora terminadas, nada se interpone en el camino de esos delincuentes, hasta 56,000 personas, que se registran para votar. De acuerdo con la Junta Electoral del Estado de Carolina del Norte, quienes se registren también deben haber residido en Carolina del Norte durante al menos 30 días antes de las elecciones, ser ciudadanos estadounidenses y tener al menos 18 años para las próximas elecciones generales.

La Corte Suprema de Carolina del Norte ha aceptado escuchar el caso. Los líderes legislativos argumentan que la Constitución estatal establece la autoridad de la legislatura para crear un camino para que los delincuentes voten, como se hizo en la ley de 1973.

“Los reclamos de los demandantes adolecen de un defecto fundamental: el estatuto que impugnan, N.C.G.S. § 13-1, no priva a nadie de sus derechos”, escribió la abogada Nicole Moss, que representa a los líderes legislativos. “Más bien, de acuerdo con la Constitución de Carolina del Norte, la Sección 13-1 proporciona a los delincuentes condenados un camino para recuperar el derecho al voto. Es la Constitución de Carolina del Norte, no la Sección 13-1, la que priva de sus derechos a los delincuentes condenados. Y la Constitución establece que los delincuentes condenados quedan privados de sus derechos a menos y hasta que sean ‘restaurados a los derechos de ciudadanía en la forma prescrita por la ley’”.